viernes, 14 de noviembre de 2008

Productores vicuñeros: Revisión de convenios y documentos

Primera comercialización de fibra de vicuña

Luego de publicar el informe del subgrupo de trabajo encargado de investigar las posibles irregularidades en la producción y comercialización de la fibra de vicuña, vamos a hacer ciertas aclaraciones que son necesarias para no volver a cometer las tremendas irregularidades que se han cometido en el curso del Convenio de Asociación en Participación.

1. De la revisión del Convenio de Asociación en Participación, para la transformación industrial, confección y comercialización de la fibra de vicuña del Perú, celebrado entre la Sociedad Nacional de Criadores de Vicuña del Perú (SNV) y la Internacional Vicuña Consortium en la ciudad de Lima, el veintidós de julio de mil novecientos noventaicuatro; en los antecedentes dice “La Sociedad representa legítimamente a las comunidades campesinas y otras formas asociativas del país, titulares del recurso vicuña”. Aquí valdría la pena analizar la legitimidad de la Sociedad formada por supuestos representantes de la Asociación de Comunidades Campesinas Criadores de Vicuña y otros Camélidos de la Región Los Libertadores – Wari, de la Asociación de Comunidades Criadores de Vicuña de la Región José Carlos Mariátegui y de la Asociación de Criadores de Vicuña y Camélidos de la Región Andrés Avelino Cáceres. El notario Manuel Noya de la Piedra, otorgó la escritura pública a la SNV y esta fue registrada en la ficha Nro. 16034 del Registro de Personas Jurídicas de Lima y reconocida por Resolución Jefatural Nro. 010-94-AG-CONACS. ¿Es este procedimiento legítimo? No debían exigir los notarios – en el caso de asociaciones representativas de diferentes regiones – la escritura pública y la ficha registral de cada una de las asociaciones representativas de comunidades campesinas vicuñeras. ¿No creen señores notarios y funcionarios de Registros Públicos, que es necesario cambiar estos procedimientos que han permitido a un grupo de personajes hacer lo que han querido con la Asociación inscrita y registrada? ¿No creen que hasta delincuentes pueden hacer esto mismo y engañar en diversas formas al público?

2. De acuerdo a las Obligaciones y Derechos del Consorcio en el item h) dice “Presentar un primer informe técnico-económico detallado de la ejecución del Convenio la última semana del mes de septiembre de mil novecientos noventaicinco”. Esto nunca se cumplió y la SNV nunca procedió a dar por resuelto el convenio.


3. En el término OCTAVO: DE LA OPCION DE SUSCRIPCION DE NUEVO CONVENIO O EMPRESA MIXTA “Entre el uno de octubre y el treinta de noviembre de mil novecientos noventa y cinco, las partes negociarán las condiciones para la suscripción de un nuevo Convenio de Asociación en Participación, o la constitución de una Empresa Mixta. De no llegarse a un acuerdo LA SOCIEDAD queda en libertad de negociar con terceros, sujeta a la condición esencial de no entregar fibra antes del vencimiento del presente Convenio. Para los efectos de la negociación se considerará obligatorio establecer los costos de producción de la fibra, transformación, confección y comercialización, gastos y se determinará el porcentaje de participación sobre las utilidades”. Como ya especificamos anteriormente esto nunca se cumplió, la SNV debió resolver el Convenio, pero por lo visto estos señores nunca han pensado que las condiciones en que comercializaban la fibra de la vicuña no favorecía en absoluto a los productores vicuñeros.

4. De acuerdo a los antecedentes del Convenio, “la Sociedad convocó al Concurso Internacional de Méritos – Vicuña – Junio 94, de conformidad con las Bases, las mismas que forman parte del presente Convenio como Anexo Nro. 1”. Por lo tanto será menester realizar una revisión de dichas bases, ya que hubo – en aquella oportunidad – denuncias de la empresa italiana Fratelli Piacenza.

5. Según este Convenio se entregaron dos mil kilos de fibra de vicuña y de acuerdo a documentos existentes la IVC pagó la suma de US $ 434.00 por kilo de fibra limpia. En todo caso, la SNV, hubiera vendido la fibra sucia a US $ 300.00 el kilo y hubieran tenido mayor utilidad, ello debido a que un kilo de fibra limpia se extrae de 1.786 kilos de fibra sucia, esta tenía un valor de US $ 535.70, es decir en un kilo de fibra limpia han perdido US $ 101.70.

6. Finalmente en el Resumen General del Abono de Ingresos de 1994, es decir por la venta de 2,000 kilos de fibra de vicuña y 400 metros de tela de vicuña, aparecen los nombres de diferentes comunidades campesina que – supuestamente – han entregado ciertas cantidades de fibra; pero lo que llama la atención es que figure la SNV como aportadora de 27.945 kilos por lo cual tiene un ingreso de US $ 14,531.40. Aquí habría que investigar de donde ha procedido dicho lote, toda vez que la SNV no tiene ni territorios ni vicuñas.

7. El día 21 de junio del año 1996 en el diario La República sale una denuncia del Presidente de la Sociedad de Criadores de Camélidos Sudamericanos y Ovinos de Huancavelica, señor Fredy Ramos Cotillo; en dicho comunicado en el punto 5 dice “Existen muchas denuncias de los malos manejos y arbitrariedades que ocurren en el CONACS y en la SNV, estas denuncias provienen de Puno, Huancavelica y Apurímac. De las otras zonas del país no existen denuncias porque los presidentes de las asociaciones regionales que forman la SNV, son funcionarios del CONACS (Ayacucho: Heráclides Zuzunaga, Lima: Jorge Herrera, Arequipa: Nicolás Jara). Estos seudo-dirigentes callan e impiden cualquier reclamo de las comunidades campesinas de su zona obedeciendo los mandatos de Alfonso Martínez”. Lo que se denuncia en el comunicado es sumamente grave ya que dentro de la SNV han participado miembros activos del CONACS.

8. Este mismo comunicado en su punto 9 dice “Se está propiciando la impune explotación de uno de los sectores más empobrecidos de nuestra sociedad. Malos funcionarios y ex-funcionarios delEstado y seudo-dirigentes, con aparentes trabajo de campo, que no van más allá de asistir a las fiestas comunales, están tratando de institucionalizarlo y lo están logrando, sorprendiendo a las más altas autoridades como lo demuestra la firma del D.S. Nro.007-96-AG del 09-06-96”.

Conclusiones.- De la revisión de documentos de la SNV, esta era una asociación completamente desconocida por los productores vicuñeros, tan es así que luego de ser gerente general de la SNV, el señor Alfonso Martínez Vargas, fue nombrado presidente del CONACS, ello indudablemente para convencer a los productores vicuñeros de la legalidad de la SNV y que dicha entidad era las que los representaba.

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