Autor | Matías Meza-Lopehandía | Idioma | Español | Pais | Chile | Publicado | 12 junio 2009 12:21
"El camino para el reconocimiento de los derechos ha sido largo y difícil. El Estado de Chile y sus tres poderes se han negado a asumir que los indígenas constituyen Pueblos, y que como tales tienen derecho a la autodeterminación, la autonomía para administrar sus asuntos en sus territorios y el control de los recursos naturales que les pertenecen. De hecho en las discusiones parlamentarias se ha señalado constantemente que otorgarles el carácter de pueblos se podrían alentar supuestos procesos separatistas o podría producirse una balcanización del territorio del Estado de Chile".
Desde hace veinte años se ha venido discutiendo una reforma constitucional relativa a los pueblos indígenas en nuestro país. En un comienzo esta iniciativa -que fue parte de los acuerdos de Nueva Imperial entre los pueblos indígenas y el entonces candidato presidencial Patricio Aylwin- se centró en un reconocimiento de la existencia de dichos pueblos y su presencia en los territorios que habitan con anterioridad a la conformación de los Estados. Esta demanda, al igual que el movimiento que la sostuvo, fue de carácter continental, y alcanzó su objetivo en mayor o menor medida en casi todos los países de la región 2. Sin embargo, al poco andar, la experiencia demostró que el simple reconocimiento de la preexistencia no era suficiente, y era necesario el reconocimiento de los derechos colectivos de los pueblos indígenas, en el sentido que éstos estaban siendo reconocidos en el derecho internacional 3.
Lamentablemente el camino para el reconocimiento de los derechos ha sido largo y difícil. El Estado de Chile y sus tres poderes se han negado a asumir que los indígenas constituyen Pueblos, y que como tales tienen derecho a la autodeterminación, la autonomía para administrar sus asuntos en sus territorios y el control de los recursos naturales que les pertenecen. De hecho en las discusiones parlamentarias se ha señalado constantemente que otorgarles el carácter de pueblos se podrían alentar supuestos procesos separatistas o podría producirse una balcanización del territorio del Estado de Chile 4.
Esta posición simplemente muestra la incomprensión de la clase política acerca del alcance de las demandas indígenas. Al final de este trabajo revisaremos el contenido del derecho a la autonomía y veremos como este no constituye una amenaza para la integridad territorial de los Estados. Es más -lejos de ello- la autonomía refuerza la cohesión social, pues permite resolver las tensiones sociales que provoca la negación de la diversidad, y que en el caso de Chile, ha generado violaciones sistemáticas a los derechos fundamentales individuales y colectivos de las personas y los pueblos indígenas.
En el último tiempo, la cuestión del reconocimiento de los derechos constitucionales de los pueblos indígenas ha vuelto a estar en el centro de la discusión. El ejecutivo le ha puesto urgencia a uno de los proyectos de reforma constitucional y el Relator Especial para Pueblos Indígenas James Anaya ha llamado la atención sobre la falta de una consulta y participación adecuada de los pueblos indígenas en su tramitación. Además ha hecho un llamado a que el contenido de la reforma se ajuste al estándar internacional de derechos de Pueblos Indígenas 5.
A continuación entregaremos alguno elementos para aportar a la discusión al interior de las organizaciones indígenas en relación a la importancia y alcance de una reforma constitucional de esta naturaleza.
Fuente: Observatorio Ciudadano
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